Tu jefe te pide esto y es ilegal: 5 abusos laborales que muchos normalizan en España

Tal vez hayas oído hablar -o vivido- algunas de estas situaciones: trabajar más horas de las que pone en tu contrato, recibir la nómina con retraso, «invitar» a firmar la baja voluntaria… Estos casos, por desgracia para muchos trabajadores, no son algo esporádico o anecdótico. Son abusos laborales, tipificados por las leyes como tal, que sufren cada día muchos trabajadores en España.

Y es que hay trabajadores que no saben cómo reconocer exactamente este tipo de abusos con respecto a sus derechos y obligaciones. Es por ello que los abogados laboralistas se han pronunciado en redes para denunciar este tipo de situaciones. Y hemos encontrado los abusos que más dan que hablar y que más se repiten en nuestro país, y que no todos podemos llegar a tener claro que lo son. Por lo que vamos a decirte cuáles son esos y por qué si lo comete tu empresa contigo está llevando a cabo algo totalmente ilegal.

Los abusos laborales más frecuentes en España que podemos pasar por alto

Retraso o impago del salario

El hecho de cobrar más tarde de lo que te corresponde, o hacerlo a plazos, es totalmente ilegal. Según el propio Estatuto de los Trabajadores a través de su artículo 29, la empresa tiene que pagar el sueldo en la fecha acordada y de manera adecuada.

Además de ello, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social contempla sanciones económicas a los empresarios que incumplan este derecho de manera reiterada.

Horas extra no remuneradas ni registradas

La empresa puede pedirte que te quedes «15 minutos» más, pero ha de registrar ese tiempo para posteriormente compensarlo. Si eso no ocurre, te encuentras ante una situación ilegal. Los artículos 34 y 35 del Estatuto de los trabajadores obligan a las empresas a registrar la jornada diaria y regular el pago de las horas extra.

En caso de que estas horas se produzcan, la empresa ha de compensarlas ya sea económicamente o concediendo el descanso proporcional. Y por si te quedaba alguna duda sobre su vigencia, este derecho fue reforzado por el Real Decreto sobre el registro horario, actualizado este mismo 2025.

Fraude en la contratación

Si te contratan para que hagas jornada completa, pero para ello recurren a contratos temporales o contratos de media jornada, la empresa está cometiendo un fraude de ley. El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores lo deja bien claro al respecto:

Estatuto de los trabajadores
Publicación en el BOE. Artículo 15 del Estatuto de los trabajadores. Fuente: BOE.

Por lo tanto, un contrato temporal solo puede ser válido si hay necesidad temporal real. Has de tener en cuenta que, además, con la reforma laboral de 2021 se han endurecido los requisitos para este tipo de contratos temporales.

Coacción para firmar la baja voluntaria

Si a tu jefe se le ocurre decirte que puedes firmar la baja «para evitar líos», estamos hablando de una coacción. Pues es precisamente el artículo 49 del ET el que se encarga de regular la extinción del contrato, y deja bien claro en todo momento que esta extinción ha de ser libre y voluntaria.

En el caso de que sufras presiones, amenazas o consecuencias asociadas, estaríamos hablando de un despido improcedente. Además, en el caso de que haya intimidación, puedes denunciarlo por coacción bajo el artículo 173.1 del Código Penal.

Parcialidad encubierta

Puedes estar contratado a media jornada, pero en la práctica llegas a hacer horarios de jornada completa sin que se te pague ni se cotice como tal. Este abuso es de los más habituales, y obviamente está lejos de toda legalidad. Ello se recoge en el artículo 12 del ET, en que se exige que el contrato a tiempo parcial refleje claramente las horas de trabajo. En cualquier otro caso, puedes reclamar las diferencias salariales y de cotización.

Tipo de Abuso Sanción para la Empresa (LISOS) Qué puede reclamar el Trabajador
Retraso o impago de salario Infracción grave: 751-7.500 €
Muy grave (reincidencia): 7.501-225.018 €
Diferencias salariales con intereses + Indemnización por despido improcedente si hay extinción contractual
Horas extra no remuneradas Infracción grave: 751-7.500 € Pago de horas extras con recargo + Compensación económica por daños
Fraude en contratación Infracción grave: 751-7.500 € Regularización contractual + Diferencias salariales y cotización
Coacción para baja voluntaria Infracción muy grave: 7.501-225.018 € Nulidad de la baja + Indemnización por despido improcedente o readmisión
Parcialidad encubierta Infracción grave: 751-7.500 € Diferencias salariales + Regularización de cotización a la Seguridad Social

Ir a la fuente
Author: Carlos Abásolo

RECENT POSTS

CATEGORIES