Llegar tarde al trabajo ya no sale gratis: el TSJ avala que te lo resten del sueldo

Cuando firmamos cualquier contrato laboral con la empresa que nos va a contratar y para la que vamos a trabajar, hay una serie de reglas y normas que debemos aceptar. Como muchos de vosotros ya sabéis, aquí nos encontramos con algunos puntos básicos como por ejemplo aquel que hace referencia al horario que debemos cumplir.

Y es que, como es fácil imaginar, firmamos este contrato para cumplir con una serie de obligaciones profesionales durante un determinado tiempo o número de horas. De hecho, nuestro sueldo irá en concordancia a esas horas que vamos a emplear en el trabajo y que normalmente son de obligado cumplimiento.

Sin embargo, lo cierto es que no todo el mundo respeta el horario impuesto por la empresa en un principio, más cuando ya llevamos algunos años trabajando en la misma compañía y hemos cogido cierta confianza. Muchas personas tienen como hábito llegar tarde, aunque solo sea en el plazo de algunos minutos, a su puesto de trabajo, de manera habitual.

Lo cierto es que en muchas ocasiones la propia compañía lo pasa por alto, o nos avisan de que debemos completar ese tiempo al final de la propia jornada. Pero si entramos tarde por la mañana a trabajar y salimos a la hora estipulada ahora el contrato, estamos descontando tiempo efectivo a la empresa. Básicamente con esto os queremos decir que se puede dar la circunstancia de que esto afecta negativamente a nuestro sueldo, algo que veremos nada más cobrar la nómina a final de mes.

De hecho, posiblemente los trabajadores puntuales agradecerán esta nueva confirmación por parte del Tribunal Superior de Justicia acerca de este tema.

Si llegas tarde a trabajar, tu empresa te lo descontará del sueldo

Os contamos todo esto porque recientemente el TSJ acaba de dar la razón a las empresas respecto a la incidencia directa que tendrá en sus sueldos, aquellos trabajadores que lleguen tarde. Eso sí, debemos distinguir entre aquellos que incumplen con el horario estipulado, una o dos veces de manera puntual, de aquellos que lo hacen de forma habitual.

documento nomina
Documento de una nómina profesional donde se establece el horario y el sueldo del trabajador.

Y es que basándose en la reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia, si llegas tarde a tu trabajo, la empresa que puede pagar menos del sueldo estipulado. Y es que el lo TSJ confirma, basándose en la ley sobre los descuentos de sueldo por impuntualidad, al Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 54 y 58, además de en la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.

Evidentemente, y como os podéis imaginar, en este caso concreto nos referimos a retrasos injustificados. Y es que desde el punto de vista del mencionado Supremo, no es justo que los trabajadores que se retrasen habitualmente al llegar a su puesto de trabajo, cobren lo mismo que todos aquellos, que normalmente son mayoría, que llegan puntualmente.

Además, debemos tener en consideración que este descuento en el sueldo mensual no se trata de una sanción como tal. En realidad, lo que la empresa está haciendo es descontar el tiempo perdido a lo largo del mes derivado de esos retrasos, del sueldo establecido por contrato.

Es importante distinguir entre un ajuste salarial y una sanción disciplinaria. El descuento en nómina por los minutos no trabajados no es una sanción, sino la aplicación del principio de que solo se retribuye el trabajo realmente realizado. Por otro lado, la impuntualidad reiterada sí puede dar lugar a sanciones disciplinarias que incluso pueden desembocar en el despido. Todo ello debe seguir el procedimiento formal establecido en el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores.

Y es que si llegar tarde 10 o 15 minutos al día es algo habitual, la acumulación de tiempo en el día a día puede llegar a ser importante a final de mes. De ahí que tenga toda la lógica que la empresa nos lo descuente del salario, tal y como ahora defiende el TSJ.

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Author: David Onieva

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