/ Mar 08, 2026
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una nueva prórroga para que los contribuyentes activen su Buzón Tributario en la página oficial de la dependencia.
Los contribuyentes tendrán como fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal hasta el 31 de diciembre de 2024. En caso de no actualizar y activar los datos personales en el Buzón Tributario serán acreedores a una multa.
El Buzón Tributario se estableció en 2020 con el fin de que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) proporcionen los medios de contacto al SAT.
Este canal de comunicación busca simplificar las notificaciones de actos tributarios y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura a los contribuyentes.
Los usuarios podrán habilitar el Buzón Tributario en la página oficial del SAT (sat.gob.mx), y hacer clic en el botón con el mismo nombre que está en la parte superior izquierda del sitio web.
Posteriormente, se deberá iniciar sesión con el RFC y la contraseña. De igual forma, se podrá ingresar con la e-firma vigente.
Luego, tendrá que elegir la opción de configuración y rellenar el formulario de medios de contacto, donde se tendrá que registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular.
Tras culminar el registro, los contribuyentes tendrán un plazo de 72 horas para actualizar los medios de contacto. El sistema del SAT enviará un correo electrónico con un enlace de verificación. En el caso de los números celulares, se enviará un mensaje SMS con un código, el cual debe capturarse en la opción de configuración del Buzón Tributario.
A pesar de que la activación del Buzón Tributario es una obligación fiscal, algunos contribuyentes están exentos de proporcionar información personal al SAT, que son:
Los servicios del SAT otorgan ciertos beneficios para aquellos contribuyentes que tienen activado su Buzón Tributario. Estos beneficios son:
Los contribuyentes podrán activar su Buzón Tributario en cualquier día del 2025. Sin embargo, en caso de no cumplir con la obligación fiscal, las personas serán acreedores a una multa económica.
De acuerdo con los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, las personas que no habiliten su Buzón Tributario serán recibirán una multa económica que va de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos.
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